Exime del pago del Impuesto Inmobiliario por los períodos fiscales 2025, 2026, 2027, 2028 y 2029 a todos aquellos contribuyentes cuyos inmuebles se encuentren ubicados en la zona de Villa Mascardi y hayan sido víctimas de la usurpación de tierras de su propiedad, o de su posesión legitima, o de la destrucción de sus viviendas y de sus bienes muebles e inmuebles.
Fecha de Inicio de Expediente: 10-10-2024
Trámite parlamentario: Finalizado (Ver Tratamientos/Trámites)
Etapa del Expediente: Caducidad
Autor/es: FREI María Laura
Acompañante/s: MARTIN Juan Carlos - MURILLO ONGARO Juan Sebastián - DOCTOROVICH Claudio Alejandro - PICOTTI Gabriela Alejandra - STUPENENGO Ofelia Irene - LACOUR Martina Valeria
| Comisión | Ingreso | Salida | Dictámen |
|---|---|---|---|
| PLANIFICACIÓN, ASUNTOS ECONÓMICOS Y TURISMO | 15-10-2024 | 30-04-2026 | |
| ASUNTOS CONSTITUCIONALES Y LEGISLACIÓN GENERAL | 30-04-2026 | 30-04-2026 | |
| PRESUPUESTO Y HACIENDA | 30-04-2026 | 30-04-2026 |
- El 31-10-2024 Expdte Entrado Sesión Ordinaria del 31-10-2024 a las 08:00
- El 30-04-2026 Caducidad Sesión Ordinaria del 30-04-2026 a las 08:00